En Sooprema, sabemos que cumplir con la normativa es esencial para las inmobiliarias que se dedican al alquiler vacacional. Por eso, hemos consultado con la empresa especializada en protección de datos y privacidad, Datusmas, para aclarar las obligaciones relacionadas con el registro de viajeros.
El Real Decreto 933/2021, que entra en vigor el 2 de diciembre de 2024, establece las obligaciones para registrar e informar sobre los viajeros. Este decreto afecta a quienes proporcionan alojamiento, ya sea de forma profesional o no, e incluye a las inmobiliarias que gestionan alquileres vacacionales.
¿Qué son las actividades de hospedaje?
Se consideran actividades de hospedaje todas aquellas que ofrecen alojamiento o espacio para pernoctar a cambio de un precio, con o sin servicios adicionales. En esta categoría entran hoteles, hostales, pensiones, alojamientos rurales y también alquileres vacacionales gestionados por inmobiliarias.
Principales Obligaciones
- Registro de datos: Los responsables de actividades de hospedaje deben recoger los datos de los huéspedes mayores de 14 años. Para los menores, los datos serán proporcionados por el acompañante adulto.
- Exactitud de la información: Los establecimientos deben garantizar que los datos registrados coincidan con los documentos de identidad proporcionados.
- Comunicación a las autoridades: Los datos de los viajeros deben transmitirse por vía telemática a las autoridades competentes en un plazo máximo de 24 horas desde la reserva o el inicio de la estancia.
Datos que se deben registrar
- De la empresa: Nombre, CIF/NIF, dirección, teléfono, correo electrónico y URL del anuncio.
- Del establecimiento: Tipo, denominación, dirección completa y provincia.
- De los viajeros: Nombre, apellidos, documento de identidad, nacionalidad, teléfono, correo electrónico y parentesco (si hay menores).
- De la estancia: Fechas de entrada y salida, dirección del inmueble y número de habitaciones.
- Del pago: Tipo de pago, identificación del medio utilizado y titular.
Sanciones por Incumplimiento
- Graves: No registrarse como proveedor de alojamiento o no comunicar los datos de los viajeros. Multas de 601 € a 30.000 €.
- Leves: Errores en los registros o retrasos en las comunicaciones. Multas de 100 € a 600 €.
Si deseas ampliar información, te invitamos a leer el artículo completo en el blog de Datusmas.